Dejar de pagar un préstamo rara vez es una decisión. Casi siempre es una consecuencia: se cae un ingreso, llega un gasto médico o las cuotas de varios créditos se juntan en el mismo mes. Lo que sigue después no ocurre de golpe, sino por etapas, y en cada una tienes derechos y opciones distintas.
Aquí verás qué pasa desde el primer día de mora hasta un eventual embargo, y qué no te pueden hacer en ningún caso.
Respuesta rápida: si dejas de pagar un préstamo en Colombia, empiezas a pagar intereses de mora, recibes gestiones de cobranza, te pueden reportar en Datacrédito o TransUnion (con aviso previo) y, si la deuda sigue sin pagarse, el acreedor puede demandarte y pedir el embargo de parte de tu salario o tus bienes. Nadie va a la cárcel por deber plata.
¿Qué pasa en los primeros días de mora?
Un crédito entra en mora desde el día siguiente a la fecha límite de pago. Desde ese momento pasan dos cosas:
- Intereses de mora: se cobran sobre las cuotas vencidas y no pueden superar la tasa de usura vigente, que certifica la Superintendencia Financiera (Superfinanciera). Si te cobran por encima, es un cobro ilegal.
- Primeros contactos: llegan mensajes, correos o llamadas recordándote el pago. En esta etapa, que muchas entidades llaman mora temprana, la cobranza suele estar a cargo del mismo banco.
Es el momento con más margen para negociar: la deuda todavía es pequeña y no hay abogados de por medio.
Las etapas del cobro, de un vistazo
Los plazos exactos dependen de cada entidad y de lo que diga tu contrato. Esta tabla muestra el orden habitual:
| Etapa | Quién cobra | Qué puede pasar |
|---|---|---|
| Mora temprana | El banco o la fintech | Intereses de mora, llamadas y mensajes |
| Reporte negativo | La entidad ante Datacrédito o TransUnion | Aviso previo y luego registro de la mora |
| Cobro prejurídico | El banco o una casa de cobranza | Gastos de cobranza, propuestas de acuerdo |
| Cobro jurídico | Un abogado ante un juez | Demanda ejecutiva, embargo de bienes o salario |
Si la entidad vende tu deuda a otra empresa, esa empresa cobra con las mismas reglas.
El reporte en Datacrédito y TransUnion
La entidad no puede reportarte en las centrales de riesgo sin avisarte antes. La Ley 1266 de 2008, modificada por la Ley 2157 de 2021 (conocida como “borrón y cuenta nueva”), exige una comunicación previa y que pasen 20 días calendario antes de hacer efectivo el reporte negativo.
Si la deuda es igual o menor al 15% de un salario mínimo, las reglas son más estrictas: deben enviarte al menos dos comunicaciones, en días diferentes, y esperar 20 días calendario después de la última.
Una vez pagas, el reporte negativo no desaparece de inmediato. Permanece el doble del tiempo que duró la mora, con un máximo de 4 años contados desde el pago. Si nunca te avisaron antes de reportarte, puedes reclamar a la entidad para que corrija el dato.
Cobranza prejurídica: qué pueden y qué no pueden hacer
Cuando la mora se alarga, la deuda suele pasar a cobro prejurídico. Aquí aparecen las casas de cobranza, que actúan en nombre del banco o que compraron la deuda. Todas deben cumplir la Ley 2300 de 2023, conocida como “Dejen de fregar”.
Horarios y frecuencia permitidos
- Días y horas: de lunes a viernes entre 7:00 a. m. y 7:00 p. m., y los sábados entre 8:00 a. m. y 3:00 p. m. Nunca domingos ni festivos.
- Frecuencia: máximo un contacto al día y no por varios canales distintos en la misma semana.
- Canales: la entidad debe informarte qué medios usará para contactarte, y tú puedes indicar cuáles autorizas.
- Visitas: no pueden ir a tu casa ni a tu trabajo a cobrarte, salvo excepciones puntuales (como microcrédito o crédito agropecuario, con tu autorización expresa).
A quién pueden llamar
No pueden contactar a tus referencias personales ni a familiares para presionarte. El codeudor sí puede ser cobrado, porque firmó como responsable de la deuda, pero tiene las mismas protecciones de horario y frecuencia que tú.
Gastos de cobranza
La entidad puede trasladarte los honorarios de cobranza, pero solo si hizo una gestión real para recuperar la deuda. La Superfinanciera aclara que no existe un tope legal para ese cobro: lo fija cada entidad, normalmente como un porcentaje del saldo en mora, y debe estar informado en el contrato o en su tarifa. En créditos de vivienda, los gastos de cobro previos a la demanda los asume el banco.
Algo que conviene saber al negociar: cuando abonas a una deuda en mora, el pago se aplica primero a los intereses de mora, luego a los gastos de cobranza y solo después al capital y a los intereses corrientes. Por eso pagar “algo” sin un acuerdo puede reducir poco el saldo.
Cobro jurídico: el proceso ejecutivo
Si la deuda no se resuelve, el acreedor puede demandarte ante un juez mediante un proceso ejecutivo. Para iniciarlo necesita un título que respalde la deuda, casi siempre el pagaré que firmaste al recibir el préstamo.
El proceso sigue, en términos generales, este camino:
- Demanda: el abogado del acreedor presenta el pagaré y pide al juez que ordene el pago.
- Mandamiento de pago: si el juez lo admite, te notifican y tienes un plazo corto para pagar o presentar excepciones (por ejemplo, que la deuda ya se pagó o que prescribió).
- Medidas cautelares: el acreedor puede pedir embargos desde el inicio del proceso, incluso antes de que termine.
- Sentencia y remate: si no pagas ni prosperan tus excepciones, los bienes embargados pueden rematarse para pagar la deuda.
La acción para cobrar un pagaré prescribe, como regla general, a los 3 años desde su vencimiento. Hay situaciones que interrumpen ese plazo, como una demanda notificada a tiempo o un reconocimiento de la deuda de tu parte, así que revisa tu caso antes de asumir que ya no te pueden cobrar.
Qué te pueden embargar y qué no
El embargo solo lo ordena un juez. Ni el banco ni una casa de cobranza pueden embargarte por su cuenta, y si alguien te amenaza con hacerlo “mañana” sin proceso judicial, está exagerando o mintiendo.
- Salario: si ganas un salario mínimo, es inembargable por deudas comunes. Si ganas más, solo pueden embargar la quinta parte de lo que exceda el mínimo. El límite sube al 50% cuando se trata de deudas de alimentos o con cooperativas.
- Cuentas de ahorro: tienen un monto inembargable que la Superfinanciera actualiza cada año. Lo que esté por encima de ese tope sí puede retenerse.
- Bienes: vehículos, inmuebles y otros activos a tu nombre pueden embargarse y rematarse. Los bienes de uso básico del hogar tienen protección legal.
Entérate más: Embargo de salario en Colombia: cuánto te pueden descontar y qué hacer
Lo que no te puede pasar
La Constitución de Colombia, en su artículo 28, prohíbe la prisión por deudas. No pagar un préstamo no es un delito y nadie puede llevarte a la cárcel por eso.
Tampoco pueden amenazarte, insultarte, publicar tu deuda en redes sociales o contactar a tu jefe para presionarte. Si una casa de cobranza lo hace, guarda capturas y grabaciones y presenta la queja ante la entidad, el Defensor del Consumidor Financiero o la Superfinanciera. Si el cobrador no es una entidad vigilada, la queja va a la Superintendencia de Industria y Comercio.
Ojo con una excepción: si el préstamo vino de un gota a gota, en la práctica ninguna de estas protecciones te cubre. Esos prestamistas operan por fuera de la ley y sus métodos de cobro pueden ser violentos, por lo que el camino es denunciar.
Qué hacer si ya dejaste de pagar
Entre más pronto actúes, más opciones tienes:
- Haz un inventario: anota cada deuda, cuántas cuotas debes, la tasa y quién te está cobrando.
- Llama tú primero: contacta al banco antes de que la deuda pase a cobro jurídico y pregunta por reestructuración, ampliación de plazo o periodo de gracia.
- Lleva una propuesta: di cuánto puedes pagar al mes de forma realista, no solo que no puedes pagar.
- Pide todo por escrito: cualquier acuerdo, descuento o condonación debe quedar en un documento firmado o en un correo de la entidad.
- Exige el paz y salvo: cuando termines de pagar, solicítalo y revisa que tu reporte en Datacrédito y TransUnion se actualice.
Si tienes varias deudas y ninguna negociación alcanza, existe la insolvencia de persona natural no comerciante, un trámite ante centros de conciliación o notarías que permite negociar con todos los acreedores a la vez.
Entérate más: Cómo negociar una reestructuración de deuda con tu banco en Colombia