Cuando un familiar fallece, a la tristeza se suma una pregunta práctica que llega rápido: ¿qué pasa con lo que debía? Una tarjeta con saldo, un crédito de libre inversión, una hipoteca a medio pagar. En Colombia las deudas no desaparecen con la muerte del titular, pero tampoco pasan de forma automática al bolsillo de los herederos.
La ley da tres caminos frente a una herencia con deudas, y elegir bien depende de cuánto vale lo que dejó la persona frente a lo que debía.
Respuesta rápida: en Colombia las deudas del fallecido se pagan primero con sus bienes. Si no tienes claro si alcanzan, acepta la herencia con beneficio de inventario: así solo respondes hasta el valor de lo que recibes. Si las deudas superan claramente los bienes, puedes repudiarla.
Qué pasa con las deudas cuando alguien fallece
Al morir, los bienes y las deudas de una persona forman un solo conjunto que la ley llama sucesión. Antes de repartir casas, carros o ahorros, se descuentan las deudas. Lo que queda es lo que se reparte entre los herederos.
Si hay varios herederos, las deudas se dividen en proporción a la parte de cada uno (artículo 1411 del Código Civil). Si son 2 hijos que heredan por partes iguales, cada uno asume el 50% de las obligaciones pendientes, además del 50% de los bienes.
El punto clave es cómo aceptas la herencia, porque de eso depende si arriesgas o no tu propio patrimonio.
Primero revisa si la deuda ya está cubierta por un seguro
Antes de hacer cuentas, averigua qué créditos tenían seguro. Muchos productos financieros en Colombia incluyen un seguro de vida deudor: cuando el titular fallece, la aseguradora paga el saldo pendiente directamente a la entidad.
- Crédito hipotecario y leasing habitacional: casi siempre lo exigen. Si estaba vigente, la aseguradora cubre el saldo y la vivienda queda libre de esa deuda.
- Tarjetas de crédito: suelen cobrarlo en el extracto mensual. Revisa los últimos extractos para confirmarlo.
- Créditos de libre inversión, vehículo y libranza: muchos lo incluyen, pero no todos. Pide a cada entidad el certificado de la póliza asociada.
Para activar el seguro, comunícate con cada banco, informa el fallecimiento y entrega el registro civil de defunción. La entidad o la aseguradora te dirá qué otros documentos pide.
Entérate más: seguro de vida deudora en tu tarjeta, qué cubre
Las 3 formas de responder ante una herencia con deudas
Aceptar pura y simplemente
Es aceptar la herencia sin ninguna protección. Si las deudas terminan siendo mayores que los bienes, los acreedores pueden cobrarte la diferencia con tu propio patrimonio: tu sueldo, tus ahorros o tus bienes personales.
Solo tiene sentido cuando conoces con certeza todas las deudas del fallecido y sabes que los bienes alcanzan de sobra. En la práctica, es la opción que más riesgo trae.
Aceptar con beneficio de inventario
Aquí se hace un inventario formal de bienes y deudas, y tu responsabilidad queda limitada al valor de lo que recibes. Si la herencia vale $80 millones y aparecen deudas por $100 millones, no respondes por los $20 millones de diferencia con tu propio dinero.
Está regulado en los artículos 1304 a 1320 del Código Civil. Según el Ministerio de Justicia, es obligatorio cuando el heredero es menor de edad, entre otros casos. Además, si uno de los herederos lo pide, se aplica a todos.
Es la opción más prudente cuando no sabes con exactitud qué debía la persona, algo muy común: créditos en fintechs, deudas con conocidos o saldos que nadie en la familia conocía.
Repudiar la herencia
Repudiar es renunciar a todo: bienes y deudas. Se hace por escrito ante notario o dentro del proceso de sucesión, y una vez hecho no recibes nada de esa herencia ni respondes por sus deudas.
Ten en cuenta 2 reglas del Código Civil:
- No es parcial: no puedes aceptar la casa y rechazar el crédito. Es todo o nada (artículo 1285).
- El silencio cuenta: si un acreedor u otro interesado pide ante el juez que declares si aceptas o repudias, tienes 40 días para responder (prorrogables). Si no lo haces, la ley entiende que repudiaste.
Diferencias clave entre las tres opciones
| Opción | Recibes bienes | Riesgo sobre tu patrimonio | Cuándo encaja |
|---|---|---|---|
| Pura y simple | Sí | Alto: respondes con lo tuyo | Deudas conocidas y bienes que alcanzan de sobra |
| Beneficio de inventario | Sí, lo que quede | Limitado al valor recibido | No tienes claro el total de deudas |
| Repudio | No | Ninguno | Deudas claramente mayores que los bienes |
Cuál conviene según tu situación
- Si el fallecido tenía vivienda con hipoteca asegurada y pocas deudas más: el beneficio de inventario te protege mientras confirmas que el seguro pagó y que no aparecen otros saldos.
- Si sabes que había varias tarjetas en mora, créditos sin seguro y pocos bienes: el repudio suele ser la salida más limpia. Confírmalo antes con un abogado.
- Si no sabes qué debía la persona: no firmes nada que implique aceptar pura y simplemente. Empieza por averiguar deudas y bienes.
- Si hay hijos menores entre los herederos: el beneficio de inventario aplica por ley para ellos.
- Si eres codeudor de un crédito del fallecido: tu obligación no depende de la herencia. Aunque la repudies, sigues respondiendo como codeudor por ese crédito, salvo que un seguro lo cubra.
Entérate más: ser codeudor de un crédito, qué implica
Cuidado con aceptar la herencia sin darte cuenta
La aceptación no solo se hace firmando. La ley también la reconoce cuando un heredero actúa como dueño de los bienes: vender el carro del fallecido, arrendar su apartamento o retirar y gastar dinero de sus cuentas puede interpretarse como aceptación tácita.
Si todavía no decides, evita disponer de los bienes. Pagar los gastos del funeral o cuidar la vivienda para que no se deteriore no son lo mismo que venderla o arrendarla, pero ante la duda, consulta antes de actuar.
Tampoco pagues de tu bolsillo deudas del fallecido por presión de una llamada de cobranza. Las deudas se pagan con los bienes de la sucesión, no con tu plata, mientras no hayas aceptado pura y simplemente.
Cómo averiguar qué debía la persona
Antes de decidir necesitas saber con qué cuentas. Estos pasos te ayudan a armar el cuadro completo:
- Revisa papeles y correo: extractos bancarios, facturas, pagarés firmados y mensajes de entidades financieras.
- Consulta a cada banco: con el registro civil de defunción y la prueba de tu parentesco, pide el estado de los productos y si tienen seguro asociado.
- Busca el reporte en centrales de riesgo: el historial en Datacrédito o TransUnion muestra obligaciones activas del fallecido. Pregunta en la central qué documentos exige a los herederos para consultarlo.
- Identifica deudas fuera del sistema financiero: impuestos prediales, administración de la propiedad horizontal, servicios públicos y créditos con particulares también entran en la sucesión.
El reporte en centrales de riesgo es personal. Las deudas del fallecido no se registran en tu historial solo por ser heredero, aunque sí te podrían afectar si eras codeudor o titular adicional.
Notaría o juzgado: dónde se tramita
La sucesión se puede hacer ante notario cuando todos los herederos están de acuerdo y actúan por medio de abogado (Decreto 902 de 1988). Suele ser más rápida. En ese trámite se publica un emplazamiento para que los acreedores se presenten y cobren.
Si hay desacuerdo entre herederos, o si alguno no quiere o no puede firmar, el proceso va a un juzgado. Allí también puedes aceptar con beneficio de inventario o repudiar.
Qué hacer esta semana
Si acabas de perder a un familiar con deudas, empieza por lo concreto:
- Consigue el registro civil de defunción en varias copias.
- Llama a cada entidad donde tenía productos y pregunta por el seguro de vida deudor.
- Haz una lista de bienes y deudas con los valores aproximados.
- No vendas ni uses bienes de la herencia hasta decidir.
- Busca asesoría legal para elegir entre beneficio de inventario o repudio. Si no tienes recursos, los consultorios jurídicos de las universidades pueden orientarte sin costo.
Cada herencia es distinta, y esta nota no reemplaza la asesoría de un abogado. Lo que sí es igual en todos los casos: aceptar con beneficio de inventario te da tiempo para ver el cuadro completo sin poner en riesgo lo que ya es tuyo.